La ley del casco en Paraguay: qué exige hoy y qué se está discutiendo

Casco integral MT Targo S y la ley del casco en Paraguay

La ley del casco en Paraguay cabe en un artículo corto, y aun así casi nadie la conoce entera. No alcanza con llevar el casco puesto: la norma habla de los ocupantes en plural, exige que esté abrochado y pide cosas que tu casco no trae de fábrica. Y desde enero de 2026 hay además un proyecto en el Congreso que propone limitar los cascos integrales en las ciudades. Acá está lo que exige la ley hoy, lo que se está discutiendo y qué conviene hacer mientras tanto.

Última revisión: agosto de 2026. Habla de una norma vigente y de un proyecto todavía en trámite. Lo revisamos cada tres meses; si estás leyendo esto mucho después, confirmá el estado actual.

Qué dice hoy la ley del casco en Paraguay

La norma que manda es la Ley Nº 5016/2014, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial. El uso del casco está en su artículo 76, y dice bastante más de lo que la mayoría recuerda.

Primero, quiénes: la obligación alcanza a los ocupantes de ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas. Ocupantes, no conductor. Eso es todo el que va arriba.

Segundo, cómo: el casco tiene que ser reglamentario y normalizado, y tiene que ir debidamente sujeto por la cinta de retención o barbijo abrochado. Llevarlo apoyado en la cabeza con la correa colgando no es cumplir la ley, y tampoco sirve de nada: en una caída, el casco sin abrochar sale antes que vos toques el piso.

Tercero, y esto es lo que casi nadie sabe: el mismo artículo pide que el casco lleve material reflectivo y el número de matrícula de la moto, y que los ocupantes usen chaleco reflectivo.

Lo que exige la ley Qué significa en la práctica
Casco en todos los ocupantes El de atrás también. No hay excepción por trayecto corto ni por velocidad baja
Reglamentario y normalizado Un casco homologado, con su etiqueta. No un casco de obra ni uno sin identificación
Correa o barbijo abrochado Puesto y cerrado. Es el punto que más se controla y el más fácil de cumplir
Material reflectivo y matrícula Se resuelve con vinilo reflectivo o calcos, no con otro casco
Chaleco reflectivo Va sobre la ropa, aparte del casco

Y acá va algo que no nos conviene decir, pero es la verdad: ninguno de los cascos que vendemos viene con el número de matrícula grabado ni con chaleco reflectivo incluido. Eso lo tenés que resolver vos aparte. Comprar un casco bueno no te deja automáticamente en regla: te deja protegido, que no es lo mismo.

Un detalle clave para lo que viene: la ley no dice de qué tipo tiene que ser el casco. No nombra integral, ni abatible, ni jet. Pide que sea reglamentario y normalizado, y ahí se termina. Si querés entender las diferencias entre los tres tipos, están explicadas en integral, abatible o jet: cuál te conviene.

El acompañante también: lo que más se incumple

Esta es la parte donde se cae casi todo el mundo. La ley habla de ocupantes, así que el que va atrás está tan obligado como el que maneja. No hay media obligación.

En la calle, sin embargo, lo normal es ver una moto con dos personas y un solo casco. La excusa es siempre la misma: "voy acá nomás". El que va atrás viaja sin manos libres y sin ver lo que viene: en una caída es el que peor la pasa.

Hay algo más en el mismo bloque de la ley. El artículo 72 establece que en estos vehículos no pueden ir más de dos personas incluido el conductor, y que no se puede llevar como acompañante a un niño menor de 12 años. Es una regla que se incumple todos los días en Paraguay y que casi nadie sabe que existe. La desarrollamos entera, con lo que sí podés hacer, en casco para chicos en moto.

Si vas a comprar un segundo casco, la trampa clásica es comprarlo "genérico" y que le quede grande. Un casco flojo se mueve, molesta y protege menos. Medí la cabeza antes: el paso a paso está en cómo saber tu talla de casco y la tabla, en la guía de tallas.

Para el casco del acompañante: Lola Marshall Negro/Amarillo a Gs. 749.000 · si el presupuesto está más ajustado, MT Stinger 2 Pure a Gs. 624.000 →

Qué es un casco homologado y por qué la ley lo pide

La ley pide un casco "reglamentario y normalizado" pero no nombra una norma concreta. En la práctica, el estándar de referencia del mercado es la homologación europea ECE 22.06, que desde 2024 reemplazó del todo a la vieja ECE 22.05.

Un casco homologado no es un casco caro: es uno que pasó ensayos de impacto en varios puntos, de rotación, de resistencia del sistema de retención y de la pantalla. La 22.06 sumó pruebas que la anterior no tenía. Lo contamos con detalle en ECE 22.06: qué cambió de verdad.

Cómo saber si el tuyo está homologado

Mirá la etiqueta cosida en la correa, no el sticker de la nuca. Ahí figuran la norma y el número de homologación. Si no hay etiqueta, no hay homologación.

Qué pasa con los cascos que vendemos

Todos los cascos de la tienda son ECE 22.06, así que todos cumplen con lo que pide la ley. El que recomendamos por defecto es el Lola Marshall, a Gs. 749.000: visor solar interno retráctil, cinco rejillas de ventilación, interior desmontable antibacteriano y antialérgico y 1.550 g en talle M. Es marca propia, y eso significa respaldo local: si algo falla nos llamás a nosotros en Asunción. El Lola Tide Rojo/Negro es el mismo casco con otro diseño; el resto, en la colección Lola.

Los MT Helmets entran en tres casos concretos. Si el presupuesto está por debajo de Gs. 749.000, el Stinger 2 Pure a Gs. 624.000, aunque no trae visor solar. Si tu talle es XS o XXL, el Lola va de S a XL, así que ahí corresponde el Braker SV Fury a Gs. 939.000, con dos calotas. Y si buscás el equipamiento más completo, el Thunder 4 SV Freeway a Gs. 1.039.000. En el medio queda el Targo S Brik a Gs. 909.000. Para comparar, está el Lola contra el MT Braker SV y la comparativa de los cuatro MT.

El equipamiento no reemplaza el uso correcto. Un casco homologado de Gs. 899.000 no te salva de una multa si lo llevás con la correa suelta. La ley pide el casco puesto y abrochado, y el control se hace mirando eso. Comprar bien es la mitad; la otra mitad es el gesto de tres segundos antes de arrancar.

Qué pasa si te para la caminera sin casco

Las multas de la Ley 5016 no están escritas en guaraníes: están escritas en jornales mínimos diarios. Eso significa que el monto se recalcula solo cada vez que se reajusta el salario mínimo.

La escala tiene tres tramos: faltas leves, de 1 a 3 jornales; graves, de 4 a 10; y gravísimas, de 11 a 20. Circular sin casco es una de las infracciones que la Caminera controla de forma habitual en los operativos a motociclistas.

El valor del jornal se movió en julio de 2026: pasó de G. 111.502 a G. 117.077, un 5% más. Con ese número podés hacer la cuenta de cualquier infracción si sabés cuántos jornales le corresponden.

No ponemos acá el monto exacto de la multa por no usar casco: la escala se actualiza y no la pudimos confirmar contra el listado vigente. Preferimos no darte un número que después no se cumpla. La escala completa la publica la Patrulla Caminera en su sitio, y es la única fuente que vale para discutir una boleta.

El proyecto que quiere cambiar la ley del casco en la ciudad

En enero de 2026, el diputado Yamil Esgaib presentó un proyecto de ley que propone limitar el uso del casco integral en zonas urbanas.

En concreto, plantea que en Asunción, el área metropolitana y las capitales departamentales solo se autoricen cascos que permitan visualizar el rostro de los ocupantes. El casco integral quedaría reservado para actividades deportivas o recreativas supervisadas y para ocupantes debidamente registrados. El proyecto prevé multas de 5 a 10 jornales mínimos diarios más la retención preventiva del vehículo hasta regularizar la situación.

El fundamento que da el proyectista es de seguridad ciudadana: sostiene que el casco integral, al cubrir todo el rostro, es aprovechado por quienes cometen asaltos en moto para no ser identificados, y que limitarlo facilitaría el trabajo de la Policía Nacional. El texto también argumenta que la Ley 5016 ya regula el uso del casco pero deja un vacío en la definición de formas y materiales.

Esto es un proyecto, no una ley. Fue girado a cuatro comisiones de la Cámara de Diputados (Legislación y Codificación; Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones; Asuntos Municipales y Departamentales; y Reestructuración y Modernización del Estado) y hasta donde pudimos verificar al día de esta revisión, en agosto de 2026, sigue en estudio: no fue aprobado ni rechazado, y no llegó a votarse en el pleno. Hoy podés circular con casco integral en todo el país, en cualquier ciudad, sin ninguna restricción por el tipo de casco.

Los dos argumentos, uno al lado del otro

Antes de seguir, lo que corresponde aclarar: esta tienda vende cascos integrales. Tenemos un interés directo en cómo termine este debate. Justamente por eso te ponemos los dos argumentos completos en vez de uno solo: si te diéramos nada más el que nos conviene, no tendrías por qué creernos en nada de lo demás. Leelos y sacá tu conclusión.

Lo que plantean quienes lo impulsan Lo que responden quienes lo critican
El casco integral tapa el rostro y eso dificulta identificar a quien comete un asalto en moto Quien va a delinquir se cubre la cara igual, con pasamontañas, barbijo u otros medios; la restricción alcanzaría sobre todo a quien cumple
La restricción sería solo urbana y con excepciones para uso deportivo o recreativo supervisado El uso urbano es donde más siniestros ocurren, y es justamente ahí donde el integral protege más
Facilitaría el trabajo policial en las ciudades con más denuncias Es un retroceso en seguridad vial: el integral es el tipo de casco que más reduce lesiones graves y muertes
La Ley 5016 no define formas ni materiales del casco, y ese vacío habilita la discusión Ya existe una solución probada: exigir el número de chapa en el casco y en el chaleco, que identifica sin quitar protección

Las objeciones de la columna derecha fueron planteadas en enero de 2026 por la Asociación de Motociclistas de Plataforma, a través de su presidente Carlos Álvarez. Los repartidores son el grupo más afectado porque pasan el día entero en zona urbana: el tema lo tocamos en casco para trabajar en delivery en Asunción.

No vamos a decirte cuál de las dos columnas tiene razón. Son dos bienes públicos reales (la seguridad ciudadana y la seguridad vial) y quien decide entre ellos es el Congreso, no una tienda de cascos.

Qué conviene hacer mientras se discute la ley del casco en Paraguay

Cumplí lo que hoy es obligatorio. Casco puesto y abrochado, en los dos ocupantes, siempre. Es lo único que se controla hoy y lo único que te cubre de verdad.

Revisá que tu casco tenga la etiqueta. Si no la encontrás en la correa, ese casco no está homologado y no cumple con lo que pide la ley.

Sumá el reflectivo y la matrícula. Es barato, se hace en cualquier gráfica y lo pide el mismo artículo que te obliga a usar casco.

Y no compres por miedo. No hace falta que cambies de casco por un proyecto que está en comisiones. Si alguna vez se aprueba, va a tener sus plazos y vas a tener tiempo de adaptarte. Comprá cuando el tuyo esté vencido o no te calce bien, no cuando salga una noticia. De cuándo toca cambiarlo hablamos en cada cuánto cambiar el casco.

Si el tuyo ya cumplió su ciclo, la recomendación por defecto es el Lola Marshall a Gs. 749.000, o el Lola Tide si preferís el otro diseño: mismo ECE 22.06, visor solar interno, talles de S a XL. Si tu talle queda fuera de ese rango, mirá los MT de arriba. El resto de los integrales, en esta colección; el catálogo completo, en cascos. Y si no te calza, te lo cambiamos: preferimos el cambio antes que verte andar con un casco que no es tu talla.

¿Dudás si tu casco cumple?

Mandanos una foto de la etiqueta de la correa por WhatsApp y te decimos si está homologado y qué le falta para estar en regla. Si está bien, no te vendemos nada.

Consultanos por WhatsApp Ver los cascos homologados

Última revisión: agosto de 2026. Texto de la norma: Ley Nº 5016/2014 Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, Biblioteca y Archivo Central del Congreso Nacional. Escala de multas y controles: Patrulla Caminera. Reajuste del jornal mínimo desde julio de 2026: ABC Color. Proyecto de ley y su giro a comisiones: Honorable Cámara de Diputados. Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal: ante una infracción concreta, consultá la escala oficial vigente.

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